Para cumplir con todas las obligaciones como trabajador independiente solo queda registrar el LIGE luego de haber culminado el periodo tributario:
Dentro del sitio web de la SUNAT seleccionar:
loguearse con su clave sol y dale clic en Iniciar sesión.En esta sección deben tener en cuenta que a partir de 01/2015 el LIGE es mensual (el periodo LIGE no se puede modificar, inicia desde la fecha de afiliación como emisor electrónico).
Si en la información mostrada sobre los recibos y pagos registrados existe algún error debe seguir el paso 1 "Enviar preliminar" y revisar el PDF remitido a su correo electrónico, si se confirma el error haga clic en la opción "Rechazar preliminar"; caso contrario continuar con el paso 2 "Generar LIGE".
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¿Que tema te gustaría que tratemos en un próximo articulo? déjanos tu comentario.







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